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Incidencias en pólizas por el COVID-19

La vida sigue, …. pero … quizás diferente.

Presentamos a continuación, de forma resumida, los hechos que pueden haber
modificado nuestros riesgos y responsabilidades tanto empresariales como
personales.

Adaptar pólizas a causa del coronavirus

Los factores que han sido objeto de estudio para ajustar las pólizas son:

Esta decisión del gobierno puede afectar a las coberturas de los seguros obligatorios de convenio, pero y también a los seguros de accidentes colectivos de empresas y administraciones públicas, pero muy especialmente a la responsabilidad del empresario por accidentes laborales.

Es imprescindible revisar las coberturas y límites de Responsabilidad civil patronal y actualizar las pólizas de convenio.

Esta situación ubica al personal y los activos informáticos fuera de los centros de trabajo y en su casa.  Esto implica varios grandes cambios:

  • Los bienes asegurados en la empresa no están ella, están en casa de los empleados
  • O los ordenadores que utilizan son de su propiedad no de la empresa

Obliga pues a revisar los seguros de daños de los equipos informáticos.

Además:

  • Los empleados están trabajando en casa y repercute en la responsabilidad del empleador (aumento de responsabilidades)
  • Las conexiones informáticas están mucha más abierta a hackers (siguiente comentario)

Desde que empezó la conectividad entre ordenadores los ataques informáticos han ido en aumento. Actualmente con el teletrabajo y video conferencias, webinars, etc., el riesgo informático ha experimentado un incremento desorbitado. Mas usuarios conectados y probablemente con menos control.

Por otro lado, la normativa de protección de datos cada día se endurece algo mas.

Se define ya que hay dos tipos de empresas: las que han tenido un ataque informático y las que lo tendrán, es inevitable.

Las Entidades Aseguradoras, están en proceso de un aumento importante de las primas de las pólizas de ciber riesgos, pero todavía las contratan a precios anteriores a la crisis. Si se es consciente del riesgo la decisión de cobertura debería de ser inmediata.

Las solicitudes de regulación de empleo, la solicitud de los Icos y la planificación de la vuelta al trabajo presencial son decisiones puntuales que, siendo incluso correctas, pueden dar lugar a opiniones dispares entre trabajadores, entre accionistas o cualquier tercero.

La póliza de D&O, imprescindible en épocas con grandes cambios, oportunamente adecuada debe dar cobertura a reclamaciones por estos hechos.

Además, ya últimamente han aparecido nuevas figuras jurídicas como La ley de secretos empresariales, temas de contaminación etc. que ya hacia necesaria la actualización de los contratos de RC de directivos

Las formas de funcionamiento y horarios han cambiado ostensiblemente en todas las actividades. Pueden ser un agravante o como mínimo una variación en las condiciones de las pólizas de daños.

Además de las responsabilidades de los directivos, las generales y propias de la empresa, una vez más varían y aumentan por la incertidumbre y cambios legislativos y estructurales.

La vorágine de modificaciones que últimamente han necesitado estos contratos por aumento o ampliación de responsabilidades: contaminación, aumento de baremos de indemnización, especialmente en temas patronales, etc., ahora deben revisarse de nuevo y urgentemente.

La declaración del virus como accidente de trabajo ya comentados los cambios de ubicación física del personal y los temas de prevención de riesgos laborales obligan a replantearse coberturas y garantías en las pólizas de responsabilidad civil genera y muy en especial en el apartado de la garantía patronal. También la posible forma distinta de efectuar la fabricación o prestar los servicios habituales. Debe de revisarse la póliza de RC en su totalidad.

No debemos olvidar que los desplazamientos en vehículos eléctricos, de movilidad urbana de mayor uso a partir de ahora, deben de tener garantía de responsabilidad civil.

La interrupción de expediciones o recepción de mercancías o productos puede variar sensiblemente los stocks. Es bueno repasar los valores asegurados, tanto en las expediciones como en las recepciones y vigilar las que tengan especial cobertura por sus características perecederas, mercancías refrigeradas o con custodia especial.

Las pólizas de seguros siguen con las mismas coberturas de siempre, y no es cierta la noticia que comunicaba que de no ser el desplazamiento imprescindible las pólizas quedarían en suspenso.

Ni la Ley de Responsabilidad Civil de circulación de vehículos a motor, ni el RD 463/2020 relativo al estado mayor de alarma prevén una exclusión semejante.

Tampoco excluye la cobertura el no tener al día la preceptiva Inspección técnica del vehículo, aun cuando si es cierto, que el gobierno quiere prohibir la cobertura de los vehículos sin la itv al día.

O simples retrasos en los pagos por parte de clientes, junto con las reducciones de su clasificación por parte de las Entidades de seguro de crédito, obliga a comprobar exhaustivamente las clasificaciones.

La dificultad para acceder a las consultas médicas por cierre, recomendación o temor al contagio ha promovido que las Entidades Aseguradoras hayan gestionado diversos canales para contactar con los servicios sanitarios. No siempre es bueno esperar el fin del estado de alarma para poder diagnosticar dolencias, utilicen los nuevos sistemas, y si no saben cómo hacerlo, les orientaremos para que puedan utilizar los nuevos servicios on line que se ofrecen.

Además, las Entidades Aseguradoras están dando cobertura a las enfermedades provocadas por el virus.

Con respecto a las viviendas y locales cuyas rentas estén aseguradas, es importante comunicar a la Entidad Aseguradora de cualquier modificación, pacto o por supuesto impago de los alquileres, para mantener las garantías en vigor.

Incluso las Entidades Aseguradoras que en su condicionado excluyen las epidemias, están dando cobertura a los fallecidos por el virus.

De futuro se deberá vigilar las exclusiones de seguros de vida al aparecer condiciones distintas en cada Entidad.

El Ministerio de Economía ha prohibido ya siempre pero expresamente ahora, la vinculación de seguros a los préstamos. Cualquier insinuación es totalmente denunciable.

El servicio de los seguros de decesos está siendo excelente como siempre, pero con las limitaciones y obligaciones impuestas por la ley. Se está reclamando a las Entidades Aseguradoras, la diferencia entre el coste real y el que hubiese sido en circunstancias normal

Las obras de todo tipo amparadas por contrato todo riesgo construcción y que sufran variación en la duración o modificación de su plan de obra, requerirá efectuar la correspondiente comunicación a la Entidad Aseguradora para ajustar los contratos de seguros.

Dependerá de las coberturas contratadas con anterioridad al inicio del estado de alarma, pero deberá vigilarse de forma muy especial las coberturas en la contratación de los nuevos seguros de viaje y contingencias.

Cambian por un Real Decreto las posibilidades de rescate de los planes de pensiones. Por otro lado, la volatilidad de la renta variable y la rentabilidad de los PPA (pensiones renta fija), necesitará efectuar un análisis individualizado por si procede algún traspaso o cambio de entidad gestora.