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Principales novedades y actualizaciones en materia de cálculo de las Pensiones para 2024

Por Julio Fernández, CEO de JubilaME

El ejercicio 2023 ha sido muy productivo en términos de cambios normativos en la seguridad social, algunos de ellos han entrado en vigor en ese mismo ejercicio, mientras otros lo hacen en 2024.

Principales novedades y actualizaciones en materia de cálculo de las Pensiones para 2024

Los más importantes, por su impacto, que han entrado en vigor en 2023 pero que se actualizan en 2024 son:

Bases de cotización por rendimientos netos para trabajadores autónomos: en vigor en 2023 pero con actualizaciones según tramos definidas año a año hasta 2025.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional: sube el tipo al 0,7% desde el 0,6% de 2023. La empresa asume el 0,58% y el trabajador el 0,12%. El trabajador autónomo asume íntegramente el 0,7%.

Períodos considerados para el cálculo de la Pensión (Base reguladora): número de años considerados para el cálculo de la pensión de jubilación, posibilidad de elegir la opción más favorable para el cálculo de la Base Regulador, bien los 25 últimos años o los 27 mejores de últimos 29 años.

Cotización Becarios: obligatoriedad de cotizar por todos los becarios. Desde el 1 de octubre de 2023.

Cómputo de períodos cotizados: la consideración como cotizados al 100%, para las mujeres, de los 3 primeros años de excedencia o reducción de jornada para cuidar a familiares.

Los que entran en vigor en 2024 o en años posteriores serán:

Objetivo de incrementos de pensiones mínimas: incrementos de las pensiones mínimas contributivas de jubilación según la diferencia con la renta mediana, hasta alcanzar un 60% de ésta entre 2024 y 2027.

Mejoras de las lagunas de cotización: las lagunas de cotización, es decir, aquellos períodos que han de integrarse en la base reguladora para el cálculo de la pensión pero en los que el trabajador o la trabajadora no haya podido cotizar:

  • Para los autónomos: se rellenan con la base mínima de cotización durante los primeros 6 meses (antes se consideraban todos a cero). 
  • Para las mujeres trabajadoras dentro del régimen general, se añade una mejora para el relleno de las lagunas de cotización a partir del mes 49 y hasta el mes 84 respecto a los hombres: en vez de al 50% de la base mínima, este factor es del 100% los primeros 12 meses después de los primeros 4 años y luego hasta el año 7, el del 80%.

Mejora del complemento por brecha de género: el complemento por brecha de género, incrementándose un 10% en 2024 y otro 10% en 2025, adicionales a su revalorización anual según el IPC.

Edad legal de jubilación: adicionalmente y por estar inmersos en un período transitorio hasta 2027, la edad de jubilación en 2024 pasa a ser de 66 años y 6 meses si se han cotizado menos de 38 años, en caso haberse cotizado 38 años o más, permanece en 65 años.

Cuota de solidaridad: recargo de cotización a los salarios más altos, alrededor de un 1% sobre la base máxima de cotización

Incremento de Bases de Cotización: incremento de la Base de Cotización máxima en 1,2% sobre el IPC interanual medio, que es el método actual, en el período 2025 y 2050.

Incremento de la Pensión Máxima: la Pensión Máxima tendrá un incremento de un 0,115% sobre el IPC en el período 2025 – 2050; luego hasta el 2065 según los valores de una tabla publicada por el MISMM.

Fuente: Grupo Galilea – Marzo 2024