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Seguro por días: cuándo y por qué contratarlo

El seguro a terceros es obligatorio para circular con un vehículo por la vía pública, pero no siempre hace falta suscribirlo por un periodo anual.

Seguro por días: cuándo y por qué contratarlo

Para utilizar cualquier vehículo es indispensable que disponga de un seguro a terceros de responsabilidad civil. La ley prevé multas de hasta 3.000 euros, y las sanciones también se aplican si el vehículo infractor permanece estacionado en la vía pública.

Pero hay circunstancias en las que no merece la pena suscribir una póliza anual, por ejemplo si se va a vender el vehículo o se trata de un modelo histórico que permanece guardado y solo se utiliza en ocasiones.

Y existe otro factor reciente que ha fomentado la fórmula del seguro de corta duración: a partir de este año los vehículos que hayan sido dados de baja temporal solo podrán permanecer doce meses en ese estado, que ya no se podrá alargar indefinidamente como antes.

Esta nueva medida de la administración tiene como objetivo acabar con los cada vez más numerosos vehículos zombis (2,6 millones), que permanecen en estado de funcionamiento, pero sin cumplir los requisitos legales para circular, como poseer un seguro y tener la ITV pasada.

Cómo funciona el seguro por días

Con el seguro temporal es posible mantener un vehículo guardado y puntualmente volver a darlo de alta para su uso sin necesidad de tenerlo asegurado permanentemente. Pero este tipo de pólizas también convienen para cuando, por ejemplo, se quiera vender el coche o para cubrir un periodo determinado entre la caducidad de una póliza y la entrada en vigor de otra nueva.

Los seguros por días sirven para cualquier vehículo excepto los autobuses, y su periodo de validez puede estar comprendido entre uno y 28 días. Los requisitos para contratarlos, son tener más de 21 años y disponer de una antigüedad en el carné de conducir de 12 meses o más.

En cuanto a sus características, el seguro temporal funciona como los habituales que se contratan de año en año. No solo abarcan el territorio nacional, sino que tienen validez en los países de la Unión Europea y su cobertura no se limita a la responsabilidad civil obligatoria. De hecho, puede ampliarse a la voluntaria, defensa jurídica, asistencia sanitaria y asistencia en carretera para el territorio nacional.

Para utilizar cualquier vehículo es indispensable que disponga de un seguro a terceros de responsabilidad civil. La ley prevé multas de hasta 3.000 euros, y las sanciones también se aplican si el vehículo infractor permanece estacionado en la vía pública.

Pero hay circunstancias en las que no merece la pena suscribir una póliza anual, por ejemplo si se va a vender el vehículo o se trata de un modelo histórico que permanece guardado y solo se utiliza en ocasiones.

Y existe otro factor reciente que ha fomentado la fórmula del seguro de corta duración: a partir de este año los vehículos que hayan sido dados de baja temporal solo podrán permanecer doce meses en ese estado, que ya no se podrá alargar indefinidamente como antes.

Esta nueva medida de la administración tiene como objetivo acabar con los cada vez más numerosos vehículos zombis (2,6 millones), que permanecen en estado de funcionamiento, pero sin cumplir los requisitos legales para circular, como poseer un seguro y tener la ITV pasada.

 

¿Y cómo se contratan?

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Una vez cumplimentada la información del vehículo y del conductor (y abonado el importe), el seguro entra en vigor a los 50 minutos de contratarlo. En ese momento, recibirá por correo electrónico la póliza, el recibo de pago y la carta verde para conducir en otros países de Europa.

Fuente: El País